Es un instrumento del Estado mexicano con el propósito de captar, integrar, procesar y suministrar información oportuna y confiable sobre las características y ubicación de los establecimientos de comercio, servicios, turismo e industria en el país, que permita un mejor desempeño y promoción de las actividades empresariales.
Todos los Comerciantes e Industriales, deben registrar y actualizar anualmente cada uno de sus establecimientos en el SIEM, mediante la cámara empresarial autorizada por la Secretaría de Economía como operador del SIEM que corresponda de acuerdo con su actividad y giro.
Los beneficios del SIEM son:
¿ES OBLIGATORIO EL REGISTRO AL SIEM?
Si, conforme con lo establecido en la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de enero de 2005, en sus artículos 28 y 29. Siendo esto un beneficio efectivo para promover su negocio, llegando a más empresas, generando más alternativas y espacios en los programas de promoción del sector público.
¿POR QUÉ EL REGISTRO AL SIEM DEBE REALIZARSE ANUALMENTE?
El registro anual garantiza la actualización de la información.
VINCULACIÓN